ramas del poder publico
La constitución política define en el capítulo 1 del título 5 la
estructura del estado colombiano mediante la división del poder público
en tres ramas: la ejecutiva, la legislativa y la judicial.
Rama ejecutiva
Se encarga de hacer cumplir las leyes, mantener el orden público,
organizar los servicios para la población y recaudar impuestos para
hacer uso de ellos.
El Presidente de la nación Jefe de Gobierno y cabeza del poder ejecutivo, el cual comparte con un gabinete ministerial.
Además es el comandante en jefe de las Fuerzas Militares
El gabinete se compone, además del presidente y el vicepresidente, de los ministros de despacho y los directores de departamentos administrativos.

El presidente es elegido por voto popular directo para un período de
cuatro años o menos, en caso de sustitución. La Constitución de 1991
prohibía la reelección presidencial de por vida y con anterioridad era
posible la reelección mediata (un ex presidente podía ser reelegido pero
el presidente en ejercicio no podía ser reelegido para el período
siguiente). Con referendo constitucional en 2005 esta prohibición fue
abolida y se legalizo la reelección inmediata por una sola vez. Dos
presidentes hicieron uso de ella pudiendo participar en las elecciones
desde el cargo.
Rama legislativa
Se encarga de elaborar las leyes y normas. Un Congreso bicameral formado por el Senado
(100 miembros elegidos por circunscripción nacional por un periodo de
cuatro años y un número adicional de 2 senadores elegidos en
circunscripción especial por comunidades indígenas) y la Cámara de Representantes,
conformada por ciento sesenta y seis miembros elegidos por 4 años, de
los cuales ciento sesenta y uno representan a las circunscripciones
territoriales (departamentos y el Distrito Capital). A razón de 2 por
cada circunscripción y uno más por cada 250.000 habitantes o fracción
mayor de 125.000; los cinco restantes representan a las comunidades
afrocolombianas (dos), los indígenas (uno), los colombianos residentes
en el exterior (uno) y las minorías políticas (uno).
Rama judicial
Se encarga de aplicar la ley de manera justa y resuelve conflictos entre las personas de acuerdo a la ley .

El poder judicial de Colombia empieza a partir de la Constitución Política de 1991. Es conformado por la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, así como los tribunales y juzgados. La Fiscalía General de la Nación que es un organismo independiente adscrito a la rama judicial del Poder Público en Colombia.
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